Calcula
Medición
de la Huella
de Carbono
La huella de carbono es una herramienta utilizada para calcular las emisiones de todos los gases de erecto invernadero (GEi) asociados a organizaciones, eventos, actividades o al ciclo de vida de un producto. El objetivo es determinar, valorar y comunicar la contribución al cambio climático de estas emisiones de las organizaciones, así como la identificación de opciones para la reducción.
El cálculo de la huella de carbono reporta diversos beneficios a las entidades desde el punto de vista ambiental. económico (reducción de costes) y reputacional.

Prestamos asistencia técnica a las empresas que lo deseen en la evaluación de la huella de carbono de su organización y la inscripción en el Registro Estatal de huella de carbono. compensación y proyectos de absorción, así como diseñamos y elaboramos un Plan de Acción y Seguimiento para la reducción de la misma, a corto, medio y largo plazo.


El Ayuntamiento de Valencia ha decidido solicitar al Gobierno de España la declaración de la Capitalidad Verde Europea 2024 como Acontecimiento de Excepcional Interés Público (AEIP) para dos años, un reconocimiento del que ya gozó la capitalidad verde de Vitoria en 2012 y que han disfrutado también distintos Años Jacobeos o el IV Centenario de la muerte de Cervantes (2016). De este modo, las aportaciones de empresas y entidades relacionadas con la Capitalidad Verde Europea Valencia 2024 gozarán de beneficios fiscales si se concreta dicha declaración.
Establecimiento de los límites de la organización y los operativos: decidir qué áreas se incluirán en la recolección de inrormación y en los cálculos, e identificar las ruentes emisoras asociadas a las operaciones dentro de esas áreas.
- Alcance 1. incluye las emisiones directas procedentes de las actividades que la organización controla. Puede incluir por ejemplo las emisiones procedentes de los vehículos de la empresa, los equipos de combustión, equipos de climatización, etc.
- Alcance 2. se trata delas emisiones indirectas que se generan en las centrales de producción de electricidad como consecuencia del consumo de electricidad que la empresa necesita. Es decir, son las emisiones indirectas de la empresa por consumo de electricidad de una compañía proveedora, que a su vez genera emisiones de GEi.
El cálculo de la HC requiere del conocimiento de, al menos, los datos de consumo de los combustibles fósiles (en las oficinas, almacenes, vehículos, etc.) y de electricidad para un año determinado, así como sus correspondientes factores de emisión.
Adicionalmente, se pueden incluir otras emisiones indirectas distintas a la electricidad como son los viajes de trabajo con medios externos, los servicios subcontratados como la gestión de residuos, etc. Se propone estimar la HC atendiendo a la información mínima: alcance 1+2:
Alcance 1: emisiones directas.
- Consumo combustibles (gas natural, gasoil, etc.)
- Fugas de gases refrigerantes fluorados y no fluorados, en equipos de climatización/refrigeración (recarga de gas realizada en dichos equipos)
- Consumo combustibles vehículos
Alcance 2: emisiones indirectas debidas al consumo de electricidad.
- Consumo de electricidad en edificios
En esta fase, se prevé la implantación de un sistema de recogida de información, con el objetivo de facilitar la tarea en años sucesivos y asegurar la calidad y exhaustividad de los datos recopilados. Dichos datos deberán estar respaldados por facturas u otra documentación acreditativa.
Para el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero, se propone utilizar la herramienta disponible en el Ministerio de Transición Ecológica (MITECO) para el cálculo de la huella de alcance 1+2 de una organización.
Una vez conocido cuánto y dónde se emite, se procederá a reflexionar sobre los puntos donde se debe actuar para reducir las emisiones. Esto quedará reflejado en un plan de acción que incluirá las medidas que se prevé llevar a cabo y que se espera repercuta en los costes finales de gestión, así como la cuantificación de la estimación de las reducciones que conllevarían.
Se incluirá además un cronograma en el plan, así como un plan de seguimiento del mismo. Sólo podrán incluirse como medidas en el Plan de Acción aquellas medidas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Se trate de reducciones imputables a la entidad. Son imputables a la entidad aquellas medidas en las que la entidad se hace cargo del coste de la implantación de la medida.
- Se trate de medidas o actuaciones realizadas a partir del 1 de enero del año de referencia.
- Se trate de acciones de reducción no sujetas a normativa vigente. No se pueden contabilizar reducciones que tengan por objetivo el cumplimiento de la legislación. Las instalaciones incluidas en el régimen de comercio de emisiones no podrán, por tanto, contabilizar la reducción de emisiones de la parte de sus procesos e instalaciones sujeta a reglamentación.
- Se enmarquen, en la medida de lo posible, dentro de las líneas de actuación de la Estrategia Valenciana ante el Cambio Climático.
Finalmente, se desarrollarán los trabajos de apoyo o para obtener el sello que otorga el Ministerio de Transición Ecológica como reconocimiento a las empresas que han calculado su Huella de Carbono.
Los trabajos descritos se desarrollarán en un plazo de 2 meses desde la entrega de la documentación necesaria para el cálculo de la huella de carbono.
